Archivo mensual marzo 4, 2019

El Gobierno del Estado aprueba un Decreto de Alquileres necesario pero insuficiente: te explicamos cómo nos afectará

  • Después de años de movilización, la PAH y los Sindicatos de Inquilinas e Inquilinos, hemos conseguido que se reforme la Ley de Arrendamientos Urbanos, revirtiendo parte de las nefastas políticas que el PP impulsó entre 2012 y 2013.

  • La falta de valentía política del PSOE, el PDeCAT y el PNV (por no mencionar el bloqueo de Cs y PP a la Ley Vivienda PAH) ha evitado que se tomen medidas apoyadas por una amplia mayoría y que hubieran contribuido a pinchar la burbuja, como la regulación de precios o la prohibición de los desahucios sin realojo.

Ya es oficial. El Gobierno del Estado, reunido en Consejo de Ministros, ha aprobado un nuevo Real Decreto Ley de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. Se trata de un paso necesario, que incorpora importantes avances respecto al decreto que intentó impulsar el mismo Gobierno hace dos meses, y que sería totalmente impensable sin la movilización popular de los últimos tiempos. Ahora bien, esta reforma legal sigue siendo insuficiente, por los motivos que detallamos más abajo.

Hace más de un año que, junto con otras organizaciones como los Sindicatos de Inquilinas e Inquilinos, venimos reuniéndonos con los grupos parlamentarios y poniendo sobre la mesa medidas de sentido común, apoyadas por una mayoría social. Propuestas rigurosas que contribuirían a garantizar el derecho a la vivienda, y que una amplia variedad de grupos han asumido y defendido en el Congreso de los Diputados: En Comú-Podem, Bildu-EH, Compromís y ERC. Que estas medidas no hayan sido plenamente incorporadas al decreto tiene que ver con la poca valentía del gobierno y de los grupos parlamentarios de PSOE, PDeCAT y PNV: todos ellos han bloqueado la regulación de precios que la ciudadanía reclama desde hace tiempo. Mención aparte merece el boicot del PP y Ciudadanos, aliados de los fondos buitre y contrarios a cualquier medida que no pase por el dogma de dar más privilegios fiscales, deducciones a la compra, y aumentar la oferta: justamente las medidas que nos llevaron a la ruina colectiva de 2007.

A continuación mostramos una tabla con los principales cambios que se han introducido en el nuevo Decreto, y en la última parte los analizamos en mayor detalle. También explicamos todo aquello que ha quedado fuera.

1. Duración

POSITIVO. Los contratos serán de 5 años cuando el propietario sea persona física, y de 7 años en el caso de personas jurídicas. Si la vivienda es vendida a un nuevo propietario, el contrato seguirá vigente aunque no esté inscrito en el Registro de la Propiedad.

NEGATIVO. No obstante, el Decreto sigue permitiendo las expulsiones unilaterales y arbitrarias al final del contrato de alquiler. No incorpora algo que es común en otros países: que el contrato de alquiler se renueve automáticamente, siempre que el inquilino haya cumplido con sus obligaciones, y a no ser que haya necesidad familiar por parte de la propiedad, u otra causa de fuerza mayor.


2. Preaviso para finalizar contrato

POSITIVO. Hasta ahora, en caso de no querer renovar el contrato, el propietario podía avisar con solo 30 días de antelación. Ahora el tiempo de preaviso aumenta a 4 meses. La parte inquilina tendrá que avisar 2 meses antes de la finalización de contrato.

POSITIVO. En la recuperación de una vivienda por necesidad del arrendador antes del plazo mínimo (5 o 7 años), las causas de necesidad urgente tendrán que constar en el contrato y tendrá que especificarse cuál de ellas es en el momento de comunicarlo.

3. Precio

POSITIVO. Se prohíben las subidas abusivas dentro de contrato. Cuando se aprobó el anterior decreto, denunciamos públicamente que los grandes propietarios como Blackstone estaban imponiendo contratos de 7 años que incluían subidas graduales e inasumibles, asegurándose la expulsión al tercer año. Ahora esto se evita, fijando las subidas interanuales al IPC.

MUY NEGATIVO. El Decreto deja fuera la posibilidad de poder regular los precios. Una de las mejores herramientas para frenar la especulación y pinchar la burbuja sería una regulación mediante índices sociales, que incorpore variables socioeconómicas (como los ingresos de la ciudadanía), y sean de obligado cumplimiento. En vez de esto, se propone construir índices de mercado (medias de precios en base a las fianzas depositadas en plena burbuja) y ‒lo que es peor‒ que sean meramente informativos. Portales de este tipo ya existen y han demostrado una ineficacia absoluta.

4. Desahucios

POSITIVO. Hemos conseguido que se reforme la Ley de Enjuiciamiento Civil para prohibir los desahucios con fecha abierta: experimento que cada vez más juzgados están practicando en Cataluña y que permite que la policía pueda desahuciar en cualquier momento, por sorpresa. Esta era la principal exigencia de la Plataforma Basta Desahucios Abiertos: obligar a los juzgados a especificar el día y hora del desahucio, evitando así el sufrimiento añadido de los hogares, y permitiendo que la ciudadanía practique la autotutela de derechos y la desobediencia civil ante leyes injustas.

MUY NEGATIVO. El gobierno del PSOE se ha negado a incluir medidas que eviten los desahucios sin alternativa habitacional. Esto sería factible a través de la Ley 24/2015, vigente en Cataluña, que actualmente obliga a los grandes propietarios a garantizar una alternativa habitacional a todas las personas bajo amenaza de desahucio por motivo de impago de alquiler o de hipoteca. Una solución efectiva para evitar esta vulneración de derechos humanos sería, por un lado, extender la Ley 24/2015 a todo el Estado, y por otro, ampliarla también a casos de finalización de contrato y ocupación.

La respuesta del Gobierno frente a los 60.000 desahucios anuales (aproximadamente, según datos del CPGJ) es introducir la posibilidad de cortos aplazamientos. El decreto obliga a los jueces a aplazar el desahucio un mes cuando el propietario sea una persona física, y 3 meses en el caso de personas jurídicas. También les obliga a notificar la situación de las familias a Servicios Sociales. Pero excluye la posibilidad de paralizar el desahucio y garantizar el realojo una vez ejecutado, incumpliendo las resoluciones del Comité DESC de Naciones Unidas y del Tribunal de Derechos Humanos.

5. Honorarios

POSITIVO. El nuevo decreto asegura que los honorarios por la formalización y la gestión del contrato vayan a cargo de los propietarios cuando sean personas jurídicas. El anterior decreto dejaba la puerta abierta a que las empresas pudieran obligar a la parte inquilina a pagar estos gastos.

NEGATIVO. A pesar de ser un cambio en la buena dirección, es muy insuficiente, porque quienes vivimos de alquiler seguiremos pagando todos (o casi todos) los honorarios cuando el propietario sea persona física. Los honorarios siempre deberían ser costeados por la propiedad, que es quien pide y recibe los servicios de los intermediarios para comercializar la vivienda y sacar beneficio. Los hogares inquilinos, en cambio, constituyen un mercado cautivo para los agentes inmobiliarios: se ven forzados a pagar honorarios abusivos a cambio de un servicio no solicitado, generalmente deficiente, y que a menudo atenta contra sus derechos e intereses.

6. Impuestos

NEGATIVO. Se mantienen los privilegios fiscales de los fondos buitre, que a través de las SOCIMI pueden destinar miles de viviendas al alquiler sin pagar el impuesto de sociedades y disfrutando de importantes deducciones. También se perpetúan los privilegios fiscales de los propietarios, que seguirán tributando (IRPF) solo por el 40% del dinero que reciben de los inquilinos.

7. Vivienda vacía

NEGATIVO. El decreto no obliga ni da herramientas a las administraciones para poder movilizar las viviendas vacías.

Aunque es un paso necesario, el Real Decreto es muy insuficiente para erradicar la especulación inmobiliaria, y por eso seguiremos organizándonos. En este sentido, ya podemos anunciar que el 6 de abril saldremos a las calles en una manifestación para pinchar la burbuja de los alquileres.

La lucha de la PAH, de los Sindicatos de Inquilinas e Inquilinos y del movimiento barrial continúa. No pararemos hasta sacar la vivienda del mercado, para ponerla a la altura de la educación y la sanidad. Paso a paso, porque queremos llegar lejos.

[Comunicado] Los desahucios abiertos llegan al TC por la vulneración de DDHH

Los desahucios en abierto, desahucios con fecha abierta o desahucios sorpresa, son desahucios en los que no se especifica el día y la hora en que se han de producir, sino que establecen el periodo para ejecutar el lanzamiento durante toda una quincena, un mes o incluso un trimestre.

Estos tipos de desahucios han surgido recientemente como reacción de los juzgados a la incapacidad de ejecutar desahucios cuando movimientos vecinales o entidades como la Plataforma de Afectadas por las Hipotecas (PAH) consiguen pararlos «en la puerta« mediante concentraciones de decenas de personas. En las propias palabras de un juez de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) «la Ley se ha quedado corta», y por eso no dudan en dictar desahucios en abierto en contra de lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) en todos sus artículos que regulan la forma en que se deben ejecutar los desahucios (arts. 21, 437, 440, 447, 549 y 704). Pero los desahucios abiertos no solo son contrarios a la Ley procesal española, sino que violan diferentes derechos humanos contenidos en la Constitución, entre otros, el derecho a la tutela judicial efectiva, el derecho a la intimidad personal y familiar y el derecho a la inviolabilidad del domicilio.

Desde el año pasado se ha venido denunciando la fijación por parte de los juzgados de primera instancia de Barcelona de desahucios con fecha abierta. Así, antes del verano ya tuvimos una primera reunión con la jueza decana de Barcelona, Mercè Caso, donde se llegó a un acuerdo de mínimos por el que se comprometía a llevar a la junta de jueces decanos de Barcelona la limitación de los desahucios abiertos solo a aquellos casos que afectaran a pequeños propietarios. Desafortunadamente, hasta el momento no se ha cumplido. Lejos de ello, el 15 de enero, tras una rueda de prensa ante la Ciudad de la Justicia con todas las entidades de la Plataforma Prou Desahucios Abiertos, recibimos la negativa de la jueza a recibirnos, y posteriormente la validación de los desahucios en abierto por parte del acuerdo de la Sala de Gobierno del TSJC. Así, esta práctica nacida en Barcelona se ha extendido a otros municipios de Cataluña en pocos meses, siendo el único lugar de España donde se producen.

Por esta razón, desde el Observatorio DESC y la PAH se ha trabajado jurídicamente para no solamente recurrir en reposición casos de desahucios en abierto, sino también para ir un paso más allá. En este sentido, el caso de Raquel, que tuvo un desahucio abierto durante quince días, llegará vía recurso de amparo al Tribunal Constitucional por las vulneraciones que ha sufrido.

Esta experiencia también nos permite presentar el Kit contra los desahucios abiertos, tres modelos de documentos jurídicos para luchar contra los desahucios abiertos para que todos los puedan llenar y presentar (protocolo de actuación, recurso de reposición y escrito de incidente de nulidad).

Además, valoramos muy positivamente la nueva modificación de la LEC introducida por el Real Decreto que se anunció el viernes. Por un lado, porque prohíbe de forma aún más evidente la posibilidad de que ningún juez o letrado de la Administración dicte un desahucio en abierto. En este sentido, estamos a la espera de poder leer el BOE. Por otro, porque esta modificación es el fruto de una lucha en los juzgados y en las calles que demuestra que el trabajo en red entre los diferentes colectivos de vivienda y otros actores políticos y jurídicos es fundamental para conseguir los cambios necesarios para hacer efectivo el derecho a una vivienda digna y asequible.

Aquí podéis descargar los documentos útiles

1- Protocolo desahucios abiertos

2- modelo recurso nulidad cuando no se ha presentado recurso de reposición

3- modelo recurso de reposición

Stop Desahucios Marzo 2019

Contador desahucios mes:  28

Contador total 2019:  83

Parados – 15Suspendidos – 13Entrega llaves –Piso adjudicado –Ejecutados – 


Desahucios por hipoteca 

Viernes 1
Demandante:  BBVA.  #TaniaSeQueda  PARADO en puerta
Dirección: C/ Jaume Pinent, 24-26, Barcelona (08042 Roquetas)

Miércoles 13
Demandante: CATALUNYA BANC, S.A.  #MariselaSeQueda  SUSPENDIDO
Dirección: C/ Teide, 26, Barcelona (08031)

Demandante: CAIXABANK, S.A. #MiriamSeQueda  PARADO en puerta
Dirección: C/ Art, 70 Barcelona (08041)

Jueves 28
Demandante:  Formentera Debt Holding Dac  #AidaSeQueda  SUSPENDIDO
Dirección: C/ de Francesc Julià,11 Santa Coloma de Gramanet

Desahucios por alquiler 

Viernes 1
Demandante: CAN VIDAL CERVELLO PI, S.L.  #JuanSeQueda  PARADO en puerta
Dirección: C/ Ingeniero Moncunill, 29,  L’Hospitalet de Ll. (08905)

Lunes 4
Demandante: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE ARAGÓN, 33  #AnaMariaSeQueda SUSPENDIDO
Dirección: Calle Aragón, 33,  (portería)

Viernes 8
Demandante: Inmb. #SoluciónParaLaura SUSPENDIDO
Dirección: Gran Vía de las Corts Catalanas, 278 Barcelona (08004)

Lunes 11
Demandante: Inmb.  #SoluciónParaMustapha  PARADO en puerta
Dirección: C/ Condesa Pardo Bazán, 15 Barcelona (08027)

Martes 12
Demandante: COMUNIDAD DE PROPETARIOS DE LA CALLE POBLA DE LILLET, 22.  #MariaNievesSeQueda  SUSPENDIDO
Dirección: C/ Pobla de Lillet, 22, entlº 4ª de Barcelona (08028 Les Corts)

Jueves 14
Demandante: SAREB S.A.  #LourdesSeQueda PARADO en puerta
Dirección: Avda. de Can Serra, 31, bloque K, sótano derecha 1ª de l’Hospitalet de Ll.

Demandante: Inmb.  #SoluciónParaAbdelhadi PARADO en puerta
Dirección: C/ Semoleres, 8, 3º  Barcelona (08003)

Demandante: Inmb. #SoluciónParaAbdul  PARADO en puerta
Dirección: C/ Arc del Teatre, 67 bis Barcelona (08001)

Demandante: SAREB S.A.  #SomaiaSeQueda  SUSPENDIDO
Dirección: Carrer de la Mare de Déu de Port, 259 Barcelona (08038)

Miércoles 20
Demandante: CRITERIA CAIXA, S.A.U. #MohamedSeQueda PARADO en puerta
Dirección: Plaça de Sant Pere, 8  Barcelona (08003)

Jueves 21
Demandante: Inmb.  2º lanzamiento #SoluciónParaAbdellatif PARADO en puerta
Dirección: C/ Pere IV, 117  Barcelona (08018)

Miércoles 27
Demandante: TOPAL TRADE, S.L. 2º lanzamiento #NancySeQueda PARADO en puerta
Dirección: C/ Roger de Flor, 209 Barcelona (08025)

Demandante: Inmb.  #SoluciónParaMustapha  PARADO en puerta
Dirección: C/ Condesa Pardo Bazán, 15 Barcelona (08027)  

Demandante: Inmb. 2º lanzamiento #SoluciónParaAnastasia SUSPENDIDO
Dirección: Rambla de Guipúscoa, 2 Barcelona (08018)

Desahucio abierto a partir del lunes 18 y durante los próximos 10 días hábiles

Demandante: CAN VIDAL CERVELLO PI, S.L  #JuanSeQueda PARADO en puerta
Dirección: C/ Ingeniero Moncunill, 29 L’Hospitalet de Ll. (08905)

Desahucios por ocupación 

Jueves 7
Demandante: GESCAT VIVENDES COMERCIAL, SLU  SUSPENDIDO
Dirección: C/ Peñiscola, 31, Barcelona (08033)

Viernes 8
Demandante: GESCAT VIVENDES COMERCIAL, SLU  #AmineSeQueda  SUSPENDIDO en puerta
Dirección: C/ Mare de Deu del Port, 385 – 387 Barcelona (08038)

Viernes 15
Demandante: Inmb. #SoluciónParaGuisela 4º lanzamiento  PARADO en puerta
Dirección: C/ Manigua, 18, bjs. 1ª de Barcelona (08027)

Lunes 18
Demandante: Inmb.  #SoluciónParaNerea  SUSPENDIDO
Dirección: C/ Leiva, 54 – 56, Barcelona (08014)

Miércoles 20
Demandante: BANCO DE SANTANDER  #EvaMónicaSeQueda  SUSPENDIDO
Dirección: C/ de Terra Baixa, 37-39 Hospitalet (08901)

Martes 26
Demandante: BBVA  SUSPENDIDO
Dirección: Plaça Blocs Florida, 5, Hospitalet (08905)

Miércoles 27
Demandante: BBVA #LinekerSeQueda PARADO en puerta
Dirección: C/ de Pujós, 121-123 Hospitalet de Ll. (08904)

Jueves 28
Demandante: BUDMAC INVESTMENTS II, SLU  SUSPENDIDO
Dirección: C/ Enric Casanovas Barcelona (08016)

Viernes 29
Demandante: BBVA, S.A.  #JulietteSeQueda  PARADO en puerta
Dirección: C/ Alvarado, 14 Barcelona (08042 Nou Barris)

¡Si se puede Stop desahucios! Marzo, 2019