Archivo anual febrero 1, 2021

Stop Desahucios Febrero 2021

Contador desahucios mes: 16

Contador total 2021: 20

Parados 1
Suspendidos 14
Entrega llaves
Realojo 1
Ejecutados

Desahucios por hipoteca

Lunes 22
Demandante: Catalunya Banc SUSPENDIDO
Dirección: C/Joaquim Valls, 119, Barcelona

Desahucios por alquiler

Lunes 8
Demandante: PARADO
Dirección: C/Barcelona, 35, L’Hospitalet de Llobregat

Miércoles 10
Demandante: Budmac Investments SUSPENDIDO
Dirección: C/Joventud, 64, Hospitalet de Llobregat

Miércoles 10
Demandante: Marbins Family 2019 SUSPENDIDO
Dirección: Ronda de Torrassa, 67, Hospitalet de Llobregat

Miércoles 17
Demandante: SUSPENDIDO
Dirección: C/Carretes, 49, Barcelona

Jueves 18
Demandante: SUSPENDIDO
Dirección: C/Pere IV, 154, Barcelona

Desahucios por ocupación

Lunes 1
Demandante: Proyectos de Desarrollos Activos SUSPENDIDO
Dirección: C/Altos Hornos, 61, Barcelona

Viernes 5
Demandante: SAREB SUSPENDIDO
Dirección: C/Llançà, 29, Barcelona

Miércoles 10
Demandante: Sabadell Real Estate SUSPENDIDO
Dirección: Riera de Sant Andreu, 90, Hospitalet de Llobregat

Jueves 11
Demandante: Promotoria Coliseum Residential SL SUSPENDIDO
Dirección: Passeig Zona Franca, 120, Barcelona

Jueves 11
Demandante: SUSPENDIDO
Dirección: C/Girona, 79, Barcelona

Lunes 15
Demandante: BBVA SUSPENDIDO
Dirección: C/Creu Coberta, 139, Barcelona

Jueves 18
Demandante: SUSPENDIDO
Dirección: C/Cinca, 22, Hospitalet de Llobregat

Lunes 22
Demandante: SAREB SUSPENDIDO
Dirección: C/Plutó, 37, Barcelona

Lunes 22
Demandante: REALOJO
Dirección: C/Camprecios, 21, Barcelona

Viernes 26
Demandante: Agència de l’Habitatge de Catalunya SUSPENDIDO
Dirección: Passeig de la Peira, 29, Barcelona

El Tribunal Constitucional anula la ampliación de las medidas antidesahucios de la Ley 24/2015 conseguida con el Decreto ley 17/2019

El ataque del PP y la pasividad del PSOE, dejan la Ley 24/2015 sin el alquiler social obligatorio en extinciones de alquileres y ocupaciones y anula las renovaciones de alquileres sociales

La protección en desahucios de hipoteca e impago de alquiler sigue vigente

La semana pasada advertimos en una rueda de prensa delante del Parlament y acompañadas de una amplia representación de la sociedad civil y política catalana, del inminente y grave riesgo de una sentencia del Tribunal Constitucional que recortara la ampliación de la Ley 24/2015, conseguida en diciembre de 2019 gracias a la aprobación del Decreto ley 17/2019.

Asimismo, aprovechamos para exigir al PSOE, titular del Ministerio que se ocupa de las relaciones con las Comunidades Autónomas, que aceptara un acuerdo con la Generalitat, para defender ante el Tribunal la constitucionalidad de las medidas antes de que se debatiera la sentencia, lo que no ha sucedido.

Anoche, después de varias filtraciones sobre la posible sentencia, el mismo Tribunal Constitucional publicó una nota de prensa donde listan los artículos que quedarían anulados. A la espera de que se publique la sentencia, donde veremos de forma definitiva cómo quedan realmente las medidas y cuáles son los argumentos del Tribunal, el Grupo Promotor de la Ley 24/2015 publicamos hoy un comunicado de urgencia para clarificar el escenario actual y colaborar con el fin de evitar confusiones.

Las medidas de la Ley 24/2015 contra los desahucios y los cortes, teniendo en cuenta las originales y las que se introdujeron en su ampliación, que son las que el Tribunal habría anulado, quedarían de la siguiente manera (cuando se publique la sentencia ampliaremos):

A) Medidas que siguen vigentes: (Ley 24/2015 recuperada de la anterior impugnación):

  • Alquileres sociales obligatorios para hogares vulnerables en ejecuciones hipotecarias.
  • Alquileres sociales obligatorios para hogares vulnerables en impagos de alquiler.
  • Interrupción de los procedimientos judiciales de ejecución hipotecaria y de impago de alquiler hasta que se produzca la oferta de alquiler social.
  • Cesión obligatoria de viviendas vacías de grandes tenedores.

B) Medidas que se anulan: (ampliación Ley 24/2015 por el DL 17/2019):

  • Renovaciones obligatorias una vez los alquileres sociales llegan a su fin.
  • Alquileres sociales obligatorios para hogares vulnerables en extinciones de contratos de alquiler.
  • Alquileres sociales obligatorios para hogares vulnerables en algunos casos de ocupación.
  • Duración de los contratos de alquiler social (5/7 años). En este caso, habría que acudir a la LAU, en la cual se establece el mismo plazo.

Teniendo en cuenta todo lo expuesto, queremos manifestar que:

  1. Las filtraciones de la sentencia cuando no ha sido publicada cuestionan de nuevo la imparcialidad del Tribunal. El hecho de que el Decreto ley 17/2019 incluyera otras medidas de vivienda también impugnadas (definición vivienda vacía, incumplimiento función social y expropiación de uso, etc.), ha añadido aún más ruido. Por otra parte, esta misma semana el Tribunal ha admitido a trámite otro recurso del PP contra la Ley 11/2020 de regulación de los alquileres impulsada por el Sindicato de inquilinas, que nos indigna, pero no la suspende (!), que es lo que los lobbies y la prensa afín quieren hacer creer.
  2. Si la justificación de la anulación es que la ampliación se aprobó por la vía del decreto ley, limitado a los casos de urgencia, se demuestra una vez más cómo los grandes poderes del Estado son totalmente ajenos a la actual situación de emergencia habitacional y el drama de miles de familias a la espera de un desahucio.
  3. Si el motivo para anular el decreto ley es de la forma y no del fondo, exigimos desde este momento al futuro Gobierno de la Generalitat y al próximo Parlament, que la primera ley que apruebe de urgencia la nueva cámara sea artículo por artículo el texto anulado por el Tribunal Constitucional.
  4. Hasta entonces, haremos responsables al PP ‒por recurrir la ampliación‒ y al PSOE ‒por bloquear cualquier acuerdo con la Generalitat‒ de todos los desahucios que se produzcan y que se podrían haber evitado.
  5. Ante la avalancha de desahucios que podemos vivir una vez se levante el estado de alarma y las moratorias parciales de desahucios y como efecto de la anulación, vamos a exigir a las Administraciones públicas el realojo adecuado de todas las familias desahuciadas, tal como marca la Ley 24/2015: «¿un desahucio?, ¡un realojo!”

No nos vamos a quedar de brazos cruzados y reaccionaremos a todos los niveles ante este nuevo ataque de la banca, los especuladores, los buitres y los partidos y tribunales a su servicio.

Ayer comenzó la campaña electoral: advertimos a quienes serán cabeza de lista que convocaremos acciones de protesta en todo el territorio para dejar claro que no toleraremos más desahucios en ningún sitio.

Al menos 3.289 familias pueden ser desahuciadas en Catalunya en los próximos meses por haberse anulado el alquiler social que esperaban.

¡No lo permitiremos! ¡Recuperaremos las medidas antidesahucios anuladas!

#DefensemLa24 #DefensemHabitatgeDigne

Guía PAH para suspender desahucios en Catalunya durante el estado de alarma

En Catalunya existen dos normas distintas (una estatal y otra autonómica) que ofrecen la posibilidad de pedir la suspensión de nuestro desahucio ante el juez mientras dure el estado de alarma

El Gobierno estatal aprobó a finales de marzo de 2020 el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la COVID-19. En un primer momento, solo cubría lanzamientos de alquiler y exclusivamente para familias afectadas directamente desde un punto de vista económico por la crisis del coronavirus.

No obstante, a finales de diciembre se aprobó una ampliación (Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes) para cubrir algunos casos de ocupación/recuperación de vivienda y extenderlo a familias en situación de precariedad antes de la pandemia.

Por su lado, el Gobierno de la Generalitat impulsó la aprobación del Decret llei 37/2020, de 3 de novembre, de reforç de la protecció del dret a l’habitatge davant els efectes de la pandèmia de la COVID-19. En el texto se permite la suspensión de desahucios hipotecarios, de alquiler y de ocupación, siempre que se cumplan algunos requisitos y mientras dure el estado de alarma u otras medidas que supongan una restricción a la movilidad.

Es posible que para un mismo caso se pueda pedir la suspensión en base a las dos leyes, así que, después de explicar la letra pequeña de los dos textos y cuáles son las condiciones para poderse acoger a ellos, explicaremos la mejor estrategia según el tiempo que quede para el lanzamiento. Las dos normas comparten casualmente el mismo número, así que es importante estar atentas y no confundirnos.

Descarga la guía en PDF con toda la información aquí.

Como siempre, la mejor manera de defender nuestro caso es acercarnos a nuestra asamblea PAH más cercana y empoderarnos para luchar juntas por resolver nuestra situación.

 

¡Defendamos la Ley 24/2015! Exigimos al PSOE que la blinde urgentemente con un acuerdo bilateral Estado-Generalitat, antes de que el Tribunal Constitucional emita sentencia

Hoy alertamos sobre una inminente sentencia del recurso del PP contra el Decreto 17/2019 que amplió la Ley 24/2015. Del Gobierno del PSOE depende el fin definitivo de los desahucios y que la banca devuelva los recursos públicos destinados a su rescate

Los efectos de una anulación serían desastrosos: en este momento 3.289 familias serían desahuciadas si la sentencia es negativa por estar pendientes de un alquiler social según datos de la Generalitat

El 5 de febrero y el 4 de marzo de 2020 se convalidaban en el Parlament de Catalunya los Decretos Ley 17/2019 de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda y el 1/2020 respectivamente. Ambas normas amplían la cobertura de la Ley 24/2015 de medidas urgentes para hacer frente a la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética, de manera que se protegen nuevas situaciones de emergencia como los desahucios por finalización de alquileres sociales o los desahucios invisibles por el hecho de aplicar aumentos abusivos a la renta de alquiler cuando se quiere renovar un contrato, entre otros.

El Grupo Promotor de la Ley 24/2015 tenemos claro que las nuevas coberturas alcanzadas no habrían sido posibles sin la presión de las entidades y movimientos sociales que trabajamos por el derecho a la vivienda. En 2015 conseguimos aprobar por unanimidad la Ley en el Parlament, fruto de una iniciativa legislativa popular; y a partir de entonces hemos velado por su aplicación y cumplimiento. Así hemos conseguido parar miles de desahucios y cortes de suministro indiscriminados en toda Catalunya demostrando que es una ley útil e imprescindible para la garantía del derecho a la vivienda. Al mismo tiempo, hemos continuado luchando por ampliar la cobertura y proteger cada vez más a las familias en situación de vulnerabilidad.

Hemos conseguido hacer de la Ley 24/2015 con su ampliación, una ley pionera y valiente en el ámbito del derecho a la vivienda, tanto en el ámbito autonómico como estatal e internacional.

Esta lucha ha estado llena de ataques constantes por parte del «lobby» de la banca y los fondos buitre con sus tentáculos en el PP e incluso en el sistema judicial. El último ataque volvió a venir del PP con la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra los DL 17/2019 y 1/2020, alegando que estas normas son un ataque frontal al derecho a la propiedad privada y una vulneración competencial en materia de derechos. Fue admitido a trámite el 14 de julio.

El ataque del PP vuelve a demostrar el nulo compromiso del partido con la garantía de los derechos de los colectivos más vulnerados y pone de manifiesto su férrea defensa de los intereses de bancos y fondos buitre, que son responsables de la actual situación. Además, de nuevo genera un discurso de odio hacia las familias que se han visto forzadas a ocupar en precario una vivienda y pone una diana para que se las siga estigmatizando.

Sorprendentemente, si miramos los tempos del TC, que suele tardar unos dos años en debatir y emitir sentencias, este recurso se incluyó en el orden del día del Plenario del Tribunal constitucional de 15 de diciembre de 2020 y se prevé que se pueda emitir sentencia este mes de enero.

Paralelamente, el gobierno central del PSOE convocó la Comisión Bilateral Estado-Generalitat para debatir y negociar algunas discrepancias con relación a los dos decretos ley. El Grupo Promotor hicimos llegar nuestro posicionamiento y propuestas a la Generalitat con el fin de seguir incidiendo en la constitucionalidad y la aplicación total de la Ley. La Generalitat trasladó una propuesta de acuerdo concreta al Estado el día 18 de diciembre del año pasado y no se ha avanzado más.

El Grupo Promotor estamos convencidas de la constitucionalidad de la Ley original y los decretos ley que la amplían, pues hacen efectivo el artículo 47 de la Constitución tan vulnerado sistemáticamente y desamparado por la propia Administración pública a todos los niveles. La ciudadanía ha tenido que organizarse para autotutelar sus derechos. Hoy estamos aquí con el Sindicato de Inquilinas, el Congreso de Vivienda, la Mesa del Tercer Sector, el Colegio de trabajadoras sociales de Catalunya, la AMC (Asociación Catalana de Municipios), la FCM (Federación Catalana de Municipios), la Marea Blanca, el Consejo Nacional de Juventud de Catalunya, la Comisión de Defensa del ICAB, Bombers Indignats y representantes de los Grupos Parlamentarios Junts x Cat, ERC, En Comú Podem y la CUP para mostrar todo el apoyo a las políticas garantistas del derecho a la vivienda y manifestar la necesidad de que la Ley 24/2015 ampliada no sea recortada y menospreciada.

No obstante, somos conscientes de que, desgraciadamente y con demasiada frecuencia, gobiernos y tribunales ceden a las presiones del poder económico ejercido por la banca y fondos buitre y han obviado su deber de protección de las personas, los derechos humanos y la justicia social. Por eso desconfiamos de una posible sentencia, propuesta además por un juez ponente conservador y exigimos al gobierno del PSOE que establezca urgentemente un acuerdo con la Generalitat que blinde definitivamente la Ley 24/2015 ante la posible sentencia y otros ataques, de manera que no sea recortada en ninguno de los derechos que protege.

En plena pandemia y estado de alarma por la COVID-19 que han hecho más que evidente la importancia de la vivienda y de «quedarse en casa», no vamos a permitir este nuevo ataque descarado a la población cada vez más empobrecida y desprotegida. ¿Cómo nos podemos quedar en casa si nos desahucian o no tenemos una vivienda digna y adecuada?

El rescate bancario de 100.000 millones de euros sin ninguna contrapartida social, mientras la ciudadanía sufría desahucios, constantes recortes en la educación y la sanidad pública ha sido el tono permanente de la política y gestión de los gobiernos del PP, que siempre ha gobernado para los responsables de la burbuja inmobiliaria. Un partido criminal, que mientras tiene abiertos incontables casos de corrupción, es corresponsable de más de medio millón de familias desahuciadas de sus hogares sin ofrecer ninguna alternativa.

Esperamos que el PSOE se desmarque totalmente de este modo de hacer y esté a la altura de lo que se espera de un gobierno progresista: que garantice los derechos básicos de las personas, proteja el bien común y público y ponga freno definitivamente a los desahucios y a las prácticas especulativas.

Los efectos de una anulación serían desastrosos: según datos de la Generalitat, en menos de un año la Ley ha obligado a los grandes tenedores a hacer 2.200 ofertas de alquiler social para evitar desahucios y, sin contar los casos de Barcelona, en este momento 3.289 familias serían desahuciadas si la sentencia es negativa por estar pendientes de un alquiler social (1.399 desahucios de alquiler, 1.324 de ocupación y 566 de hipoteca).

Igualmente, si la sentencia fuera negativa, advertimos desde el día de hoy que exigiremos con fuerza, tanto en el nuevo Gobierno de Catalunya como al del Estado, que tomen medidas para no dejar desprotegidas a las familias amenazadas por desahucios.

No vamos a parar hasta que los derechos que recoge la Ley 24/2015 se legislen y se cumplan en todo el Estado, un objetivo por el cual nacimos y que todas las PAH están exigiendo a sus Parlamentos, al Gobierno estatal y al Congreso.

Volveremos a las calles y denunciaremos a los culpables de quien pisotea el derecho a la vivienda, ¡todas las veces que haga falta!

Stop Desahucios Enero 2021

Contador desahucios mes: 4

Contador total 2020: 4

Parados
Suspendidos 4
Entrega llaves
Realojo
Ejecutados

Desahucios por hipoteca

 

Desahucios por alquiler

Viernes 15
Demandante: SUSPENDIDO
Dirección: C/Nàpols, 100, Barcelona

Martes 19
Demandante: SUSPENDIDO
Dirección: C/Mare de Déu de Montserrat, 203, Barcelona

Jueves 21
Demandante: SUSPENDIDO
Dirección: C/Cartagena, 285 Barcelona

Desahucios por ocupación

Jueves 14
Demandante: SAREB SUSPENDIDO
Dirección: C/Font, 7, L’Hospitalet de Llobregat