¿Sabes que tienes derecho a un alquiler social? ¿Sabes cómo solicitarlo? Pues lee atentamente y vente a la PAH de Barcelona a asesorarte colectivamente.
¿Qué documentos tengo que presentar al banco o fondo buitre para conseguir mi alquiler social?
- Documentación acreditativa de los ingresos
- Declaración del IRPF o certificado de imputación de rentas
*Si no dispongo de ninguno de los dos documentos anteriores:
- Si estoy en paro → certificado del INEM de las prestaciones o subsidios que recibo
- Si soy pensionista → certificado de pensiones de la Seguridad Social
- Si soy autónoma → las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF
*Si no dispongo de ninguno de los anteriores, una declaración jurada de ingresos (descargar documento) o informe socioeconómico de servicios sociales.
- Documentación de carácter personal
- DNI, NIE o pasaporte de los miembros de la unidad de convivencia
- Fotocopia del libro de familia (si convivo)
- Padrón
- Si algún miembro de la unidad de convivencia tiene alguna discapacidad acreditada, el certificado de la discapacidad correspondiente
- En caso de estar separada o divorciada, la sentencia.
En caso de estar ocupando, también será necesario aportar:
- Documentación acreditativa de la fecha de entrada en el inmueble que sea anterior al 1 de junio de 2021 (padrón, factura de los suministros o de Internet, o procedimiento judicial a nombre de los convivientes, seguimiento de los servicios sociales u otros documentos oficiales)
- Informe de arraigo y convivencia vecinal expedido por servicios sociales.
Y no olvides el informe de exclusión residencial: en los casos en que los ingresos sean superiores a 1,5 IRSC. Solicítalo en tu oficina de vivienda de referencia si vives en Barcelona.
Con todo esto y el documento útil de solicitud de alquiler social, vas a tu banco o fondo de inversión con dos copias y una la entregas y la otra solicitas que te la sellen conforme has entregado la documentación.
Vente a la calle Leiva 44 bis los lunes a las 17:30h para organizarnos y exigir el cumplimiento de la Ley 24/2015. Si en un mes no recibes la oferta tienes derecho a denunciar al propietario.
Más información en la guías que encontrarás en los siguientes enlaces:
¡Te esperamos!